personas que pueden ser indemnizadas en un accidente de tráfico
Jesús Sánchez Migallón
Jesús Sánchez Migallón

Abogado

Qué personas pueden ser indemnizadas en un accidente de tráfico

Cuando sufrimos un accidente de tráfico, muchas veces creemos que la única persona será indemnizada es la victima del accidente; Y esto no es así. La victima del accidente será la primera de ellas que será indemnizada pero puede haber otras personas que pueden y deben ser indemnizadas y que estudiaremos en este artículo. También estudiaremos que la nueva legislación sobre indemnización de accidentes de trafico, permite excluir a determinadas personas de la indemnización.

En primer lugar: tienen derecho a ser resarcidos los familiares (consultar que se considera por familiar)  por tratamiento médico y psicológico que reciban durante un máximo de seis meses por alteraciones psíquicas que les hubiera causado el accidente.  Por ejemplo depresiones o ansiedad por la situación creada por el accidente de tráfico, La ley te garantiza que eres perjudicado en este sentido. Madres por ejemplo que tienen problemas psicológicos por el accidente de su hijo y la nueva situación en la que quede tras el accidente.

Como ya comentábamos en la introducción de este artículo, se  permite que el que sea el padre biológico, excluirlo de la indemnización de ese hijo que ha sufrido un accidente de traficoy que hace 30 años que no lo ve, o que lo pasa la pensión etc.. y si somos capaces de acreditar este hecho, podría no ser indemnizada por ese accidente del hijo, y en cambio sí se podrá ser indemnizado como padre aquella persona que  se ha hecho cargo de su hijo.

Podemos por tanto a estas alturas del artículo hacer un esquema de las personas que puede ser indemnizadas en un accidente de trafico:

SUJETO QUE PUEDEN SER INDEMIZADOS:

1.- VICTIMA LESIONADA

2.- PERJUDICADOS POR LA MUERTE DEL QUE HA SUFRIDO UN ACCIDENTE DE TRÁFICO:

  • Cónyuge viudo
  • Ascendientes: Padres, Madres
  • Descendientes: hijos
  • Hermanos
  • Allegados
  • Pareja de hecho, con las siguientes características:
    • Debe de estar en la inscripción del registro
    • Documento público
    • Convivencia el año anterior o menos tiempo y que tengan un hijo en común.

3.- FAMILIARES DE GRANDES LESIONADOS Y PERJUDICADOS

  • Se les podrá indemnizar por los gastos de tratamiento médico y psicológico, como máximo 6 meses.
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