¿Puedo traer a mi hermano a España si soy ciudadano español?
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Jesús Sánchez Migallón

Abogado

¿Puedo traer a mi hermano a España si soy ciudadano español

Una de las preguntas más frecuentes que recibo en el despacho es esta: “Soy español, ¿puedo traerme a mi hermano que vive en Marruecos (o en otro país fuera de la UE) para que viva legalmente conmigo en España?” La respuesta rápida es que sí, pero no por las vías más habituales como el arraigo familiar o la reagrupación. Hay una opción posible, aunque requiere cierta preparación: el régimen comunitario.

Arraigo familiar y reagrupación: no aplican para hermanos

Es importante aclarar desde el principio que ni el arraigo familiar ni la reagrupación familiar están pensados para los hermanos.

El arraigo familiar solo se concede, en términos generales, a padres o hijos de ciudadanos españoles, o a sus cónyuges o parejas registradas. Los hermanos no están incluidos, aunque exista una relación muy estrecha.

La reagrupación familiar, por su parte, solo pueden solicitarla los extranjeros residentes legales en España, y solo respecto de ciertos familiares: cónyuge, hijos menores o ascendientes a cargo. Y tampoco aquí caben los hermanos.

Entonces, ¿qué opciones hay?

El régimen comunitario: la vía posible

Si eres ciudadano español y quieres traer a tu hermano, la opción legal más viable es solicitar la residencia como familiar de ciudadano de la Unión Europea. Esta tarjeta, comúnmente conocida como “tarjeta comunitaria”, permite vivir y trabajar en España por cinco años. Pero para que sea concedida, hay que demostrar que tu hermano es un familiar a tu cargo.

Esto significa que tú, desde España, eres quien lo mantiene económicamente en su país de origen y que, sin tu ayuda, no podría cubrir sus necesidades básicas.

¿Qué documentación se necesita?

Aquí es donde entra en juego la prueba de la dependencia económica. Lo más habitual —y lo que mejor entienden las Oficinas de Extranjería— es presentar envíos de dinero regulares durante al menos el último año. No hace falta que sean cantidades altísimas, pero sí constantes y suficientes para que se entienda que esa persona vive gracias a tu apoyo.

Por ejemplo, enviar entre 150 y 300 euros al mes puede ser una referencia válida en países como Marruecos, donde el nivel de vida es distinto. También puede ayudarte presentar otros documentos que prueben que cubres su alquiler, sus gastos médicos o incluso su educación.

Además, aunque no siempre es obligatorio, puede reforzar la solicitud el hecho de demostrar que habéis vivido juntos antes en Marruecos, lo que se llama unidad familiar previa. Cualquier documento que pruebe esa convivencia puede sumar puntos.

¿Y si el hermano tiene familia propia?

En algunos casos, el hermano al que se quiere traer tiene también esposa e hijos. Aquí conviene tener cuidado, porque su familia no se beneficia automáticamente. Una vez que él obtenga la tarjeta comunitaria, podrá intentar traer a su familia, pero tendrá que justificar que ellos también dependen de él económicamente y que esa dependencia existía antes de venir a España.

Si no puede hacerlo, su mujer e hijos tendrían que venir por otras vías: un visado de estudios, un visado de trabajo o, si tienen medios suficientes, una residencia no lucrativa.

¿Qué pasa si no se acredita suficiente dependencia?

Si no puedes justificar con claridad que tu hermano depende económicamente de ti, lo más probable es que la Oficina de Extranjería deniegue la solicitud. Por eso es clave preparar bien la documentación desde el principio y plantear un expediente sólido.

En resumen, traer a un hermano no es imposible, pero hay que demostrar bien la situación. No basta con el vínculo familiar. La Administración quiere pruebas objetivas de que ese familiar depende realmente del ciudadano español y que no viene a España simplemente para buscar una vida mejor sin cumplir con los requisitos legales.

¿Te planteas iniciar este trámite?

Cada caso es único y conviene estudiarlo con calma. Si estás valorando la posibilidad de traer a tu hermano a España, puedo ayudarte a revisar tu situación concreta y preparar una solicitud bien fundamentada. Lo importante es no improvisar: preparar el expediente con rigor es lo que marca la diferencia entre una concesión y una denegación.

Puedes escribirme y lo hablamos. Estaré encantado de ayudarte.

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