obligaciones sujetos obligados prevención blanqueo de capitales
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Jesús Sánchez Migallón

Abogado

Obligaciones sujetos obligados en la prevención de blanqueo de capitales

En este artículo vamos a enumerar las obligaciones en general que tienen los sujetos obligados a cumplir con la normativa de prevención de blanqueo de capitales. Es cierto que no todos los sujetos están obligados a todas las obligaciones que. a continuación vamos a describir; pero ello será objeto de estudio en otro artículo.

  1. identificación de los clientes
  2. Identificación del titular real del negocio u operación
  3. Información sobre el propósito e índole de la relación de negocios
  4. Seguimiento continuo de la relación de negocios de los clientes
  5. examen especial de operaciones
  6. Comunicación de operaciones sospechosas por indicio
  7. abstención de ejecución en determinadas operaciones
  8. Comunicación sistemática de operaciones
  9. colaboración con el SEPLAC
  10. Prohibicion de revelación a los clientes de las comunicaciones al SEPLAC
  11. Conservación de documentos
  12. Aprobación por escrito y aplicación de políticas y procedimientos adecuados.
  13. Aprobación de una política expresa de admisión de clientes.
  14. Designación de un representante ante el SEPBLAC
  15. Creación de un órgano de control interno
  16. Aprobación de un manual de prevención del blanqueo.
  17. Examen anual por un experto externo.
  18. Formación de empleados.
  19. Protección e idoneidad de empleados, directivos y agentes.
  20. Obligación de declarar movimientos de medios de pago.
  21. Aplicación de las contramedidas financieras internacionales
  22. Otras obligaciones internas y de documentación
  23. Establecimiento de un canal interno de denuncia
  24. Inscripción en el Registro Mercantil
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