liquidacion de la sociedad de ganaciales
Jesús Sánchez Migallón
Jesús Sánchez Migallón

Abogado

Liquidación de la Sociedad de Gananciales

Tras el divorcio o separación, después viene repartir lo que el matrimonio ha acaudalado en sus años de matrimonio. A todo ese proceso lo llamamos los abogados matrimonialistas la liquidación e la sociedad de gananciales.

Baste decir en un principio que es importante que este procedimiento se lleve por mutuo acuerdo. Son procedimiento largo y muy costoso, porque si no se llega acuerdo de nada, se suelen nombrar unos peritos y unos contadores partidores, sumado a los abogados y procuradores, el procedimiento suele ser muy costoso.

Dicho esto voy a intentar explicarlos la mejor forma para proceder a liquidar la sociedad de gananciales.

1.- EL PRIMER PASO ES HACER UN INVENTARIO.

El primer paso de todos es hacer un inventario de todos los bienes que hemos hecho en el matrimonio. El inventario no es solo de bienes sino también de deudas. Por tanto tenemos que el primer paso hacer dos columnas, uno de bienes y otro de deudas. Por ejemplo el primero de los bienes un coche marca Opel, pues se pone en la columna de la izquierda, si ese coche falta por pagar 6.000 euros, pues esa deuda la ponemos en la columna de la derecha que tenemos las deudas. Así hasta hacer un inventario de todas las deudas. Otro ejemplo pdoria ser una televisión, o una cuenta bancaría de 3.00 euros.

2.- EL SEGUNDO PASO, ACUDIR AL JUZGADO.

Aquí podemos tener dos opciones: una de ellas es que haya mutuo acuerdo, por lo que no hay problema en hacer una demanda de mutuo acuerdo y presentarlo al Juzgado. En un tiempo el Juez dicta una sentencia y con eso ya podemos escriturar a nuestro nombre todos los bienes.

Si no hay acuerdo, uno de los dos cónyuges o mejor dicho ex cónyuges deberá de representar en el Juzgado una demanda con el inventario de los bienes que él cree que se han recopilado a lo largo del matrimonio.

Esta fase es de las más importantes porque es la fase en la que va a quedar fijado el inventario de los bienes que conjugan el matrimonio. Aquí los problemas más importantes que suelen darse es: DISPUTA POR LOS BIENES QUE TIENEN CARÁCTER DE GANANCIAL. Los cónyuges intentan dos estrategias,

  • por un lado intentar meter bienes que son privativos del otro cónyuge ( por ejemplo de alguna herencia)

 

  • o dos intentar ocultar bienes de las sociedad de gananciales por ejemplo alguna joya, o cualquier tipo de aparato.

No que decir cabe, que todo lo que queramos probar debe de tener un sustento probatorio. Ya sea mediante facturas, o mediante testigos; aquí entra en juego una máxima en derecho matrimonial: TODO AQUELLO QUE NO ESTÉ PROBADO QUE SEA PRIVATIVO SE CONSIDERA MATRIMONIAL.

Por tanto en esta fase tenemos que hacer un inventario de los bienes y de las deudas, pero solo de lo que es ganancial, si hay dudas de lo que es ganancial o privativo, está claro que no se podrá llevar de mutuo acuerdo esta liquidación y Deberá de ser un Juez primero que fije cual es el inventario de los bienes y deudas del matrimonio.

TERCER PASO: DARLE UN VALOR A LOS BIENES

El tercer paso es la fase de darle un valor a ese inventario de los bienes, le daremos un valor económico. Ese valor es necesario porque a la hora de liquidar la sociedad de gananciales es importante saber que se va a repartir  a la mitad.

Una de las partes o de común acuerdo debe de prestar al juzgado una valoración de los bienes. En el caso de que tampoco haya ningún acuerdo, debemos de nombrar un perito y un contador partidor. Igualmente si no hay acuerdo en nombrar a estos dos profesionales se hace por sorteo en el juzgado. Por último si tampoco estamos de acuerdo en la valoración y reparto que le dan este perito y cortador partidor tenemos que ir a otro juicio, aportando nuestras valoraciones y defendiendo nuestras posturas; por fin habrá una sentencia con el inventario de los bienes, su valor y el reparto.

En mi opinión es aconsejable tener un acuerdo sobre todo el procedimiento, pero si no es así recomiendo quizás por lo más complejo el inventario de bienes supeditarlo al juez, pero no llegar al juzgado otra vez para darle el valor de los bienes puesto que los partidos y los contadores partidores son muy costosos.

Ya solo cabe decir, que existen parejas que antes de casarse, vivieron juntos y acumularon bienes. Estos bienes deben de dejarse fuera de esta liquidación, y liquidarse en otro procedimiento que se llama, liquidación de la cosa común, puesto que este solo vale para los bienes que se acumularon en el matrimonio.

 

Scroll al inicio