violencia de genero
Jesús Sánchez Migallón
Jesús Sánchez Migallón

Abogado

Delito de Violencia de Género desde el punto de vista de la víctima

Delito de Violencia de Género desde el punto de vista de la victima

En este artículo, me gustaría tratar el delito llamado, Violencia de genero desde la óptica de la victima, no desde el punto de vista de la persona que comete el delito. 

Es un delito, que por mi experiencia como Abogado penalista en el Partido Judicial de Manzanares, y muy concretamente haciendo guardia especiales sobre Violencia de Genero; ( Aunque mi actividad como Abogado, es en toda España, las guardias de violencia de género son por partidos judiciales y yo estoy adscrito al partido judicial de Manzanares, provincia de Ciudad Real, y hacemos guardias en Valdepeñas, Villanueva de los Infantes, Membrilla, La Solana, y Membrilla) es uno de los delitos que más me sorprendió, por el número alto de asuntos que nos toca tanto defender en unos casos como en otros acusar, o atacar en otro muchos casos.

En este artículo vamos a ponernos desde la óptica de la mujer que ha sido maltratada y vamos a explicar, cual es el procedimiento, desde que se denuncia al presunto agresor, pasando por establecer una orden de protección hacia la mujer hasta una sentencia condenatoria del presunto agresor.

En primer lugar, el asunto puede llegar a la policía, o Guardia Civil, por el mero hecho de que ellos puedan ver que se está cometiendo un delito, ya sea en la calle, o porque oigan algún ruido dentro de la casa, relacionado con peleas, o llame algún vecino que esté escuchando que se está cometiendo un delito de violencia de genero. Si no es así, lo suyo es acercarse a cualquier centro policial, comisaria, y denunciar el hecho ( (más tarde vamos a ver qué hechos se pueden denunciar). Debemos de decir, que si en este caso, la mujer puede ir sola directamente, o puede perfectamente ya desde el principio, contactar con un Abogado penalista, en el que le asesore como proceder a denunciar, incluso puede redactársela, o también acompañarle desde el primer minuto a la comisaría, lo cual es lo más recomendable, porque desde el primer momento, estará bien asesorada, y que no falle nada en relación a las pruebas que debemos de asegurar para que quede probado el delito. Es importante saber, que en todas las comisarias, todos los policías, o agentes están acostumbrados a este tipo de delitos, y que existe un especial protocolo para proteger a este tipo de víctimas de violencia sobre la mujer, se les protege mucho, a los hijos, y todos los pasos que dan, son muy confidenciales, es decir, no hay nada que temer, pues el estado español tiene normas muy  regaladas y protocolos muy detallados.

Una vez que la mujer denuncia, se procede a la detención del presunto agresor, que será tomado declaración en sede policial, o con su Abogado privado o su Abogado de oficio. Lo normal es que si este hecho ocurre por la mañana la policía lleve al detenido ante el Juez para que le tome declaración una segunda vez (ante la policía es la primera, y ante el Juez la segunda) igualmente  si esto sucede en la misma mañana. La víctima del delito también tendrá que declarar ante el juez. Si es por la tarde cuando se produce el hecho delictivo, lo normal es que duerma en los calabozos, y al día siguiente se produzca lo que hemos descrito anteriormente, es decir la declaración ante el juez.

Sea cuando, sea, en el momento en el que se declaré ante el Juez, la victima debe de saber dos cosas:

1.- Que de su declaración depende mucho que sea condenado en un futuro el supuesto agresor, por lo que debe de ser concisa, no mentir y decir la verdad, y sobre todo señalar con puntos y señales todo lo ocurrido desde que suceden los hechos; Y pongo un ejemplo, no es lo mismo decir que solo ha habido un hecho aislado, que ya se ha explotado y se ha decidido a denunciar, que si los hechos vienen ocurriendo desde mucho antes, el supuesto autor puede salir condenado por un supuesto delito continuado de violencia de genero, lo cual le caería más pena. Por lo que si vamos redactar hechos anteriores, estaría bien que diéramos nombres de testigos o pruebas para acreditarlo, pues si en su día hubo lesiones ahora ya no estarán.

2.- La idea, del riesgo y del miedo; Si la victima quiere una orden de protección, debe  de trasladarle al Juez, que tiene miedo de recibir represalias, porque si no, y se da muchas veces, puede ser que el autor salga condenado, pero que no se establezca una orden de protección.

En esta noticia, tenemos un ejemplo de una jueza que, que negó una orden de alejamiento. En el periódico el Mundo.

http://www.elmundo.es/sociedad/2015/10/23/5629e393e2704ede1f8b4572.html

Si es cierto, que en la gran mayoría de casos en los que yo he estado defendiendo a la víctima del delito, se ha establecido la orden de alejamiento. Lo normal es que casi siempre se acuerden las órdenes de alejamiento; Ya no porque creo sinceramente que la gran mayoría de los casos, el riesgo existe es decir, un riesgo de miedo para la víctima, de que el agresor, ante la denuncia que se ha interpuesto, pueda tener represalias con su víctima, sino porque, hay que pensar que un Juez, no estará mucho más tranquilo, sabiendo que no ha concedido una orden de protección ante una víctima, que luego más tarde, ha sucedido algo más grave que un simple insulto, una amenaza o una lesión. Hablamos de que no es la primera vez, como vemos en la noticia anterior, que no se concede y resulta que luego existe un delito de homicidio. Por tanto un Juez, cuando se va a la cama a dormir, quiere estar tranquilo sabiendo que ha puesto todos los medios necesarios para proteger a una mujer maltratada.

Lo normal, es que más tarde, suelan declarar algunos testigos más, y una vez esto ocurra, se lleva todo el expediente a otro JUEZ, para que sea éste y no el que ha investigado el asunto el que sentencie definitivamente el asunto. Y esto se hace así, para que no haya nunca una contaminación de la causa, del Juez, que ha visto todo desde el principio y tenga ya una opinión realizada, pues ponga la sentencia así sin más; Se pasa pues el asunto a otro Juez, que será el que sin conocer a las partes, dicte sentencia. Por ejemplo si el delito se comete en Tomelloso, el Juez competente será Ciudad Real.

Entre los delitos más importantes que se cometen dentro del término violencia de género son los siguientes: Los delitos de lesiones, delitos de Amenazas, Coacciones.

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