5 puntos esenciales en el delito de impago de pensiones de alimentos
Este artículo va reconducido a estudiar de una forma clara y precisa el delito de impago de pensiones de alimentos; todos aquellos padres o madres que están en la situación de que el padre o la madre que no tiene la guarda y custodia del hijo no le pasa la pensión alimenticia. Y por tanto puede estar cometiendo un delito de impago de pensiones de alimentos.
1.- La persona que puede denunciar estos hechos es el padre o la madre que tiene la guarda y custodia de los hijos. Y sólo puede denunciarse como es lógico al padre o la madre que no paga la pensión de los hijos. La obligación de pago siempre es el que consta en el registro Civil, aunque mas adelante siempre que no es el padre biológico. Los hijos que protege este delito son todos, tanto los matrimoniales como los no matrimoniales. Este delito sólo se puede perseguir si se denuncia; Es decir la Policía, o la Guardia Civil no va a perseguir este tipo de delitos.
2.-Siempre tiene que existir una resolución judicial en la vía civil que establezca la obligación de pagar alimentos.
3.- Que el padre o la madre que está obligada al pago, incumpla su obligación durante 2 meses seguidos o 4 alternativos.
4.- Querer impagar los alimentos; Es decir hacerlo a conciencia y queriendo no pagar los alimentos. Quiere decirse que aun dándose las circunstancias de que una persona impaga los alimentos durante dos meses seguidos o 4 alternativos, podría salir absuelto si se demuestra en el juicio que no podía pagar mas, ( porque pagaba lo que podía). esto es debido a que el derecho penal siempre debe entrar a juzgar los hechos en último término.
5.- La pena que está establecida para este delito es de 3 meses a 1 año de prisión. o también la posibilidad de elegir la multa de 6 meses o 24 meses. Y dependiendo de la capacidad del condenado, la cuota suele ser de 5, 10, 15 euros… dependiendo siempre como decimos del trabajo, nómina del condenado.
Le recomendamos siempre contar con un abogado penalista, en la provincial de Ciudad Real, o Manzanares para perseguir o defenderse del delito de impago de pensiones de alimentos.