aspectos legales a la hora de pilotar un drone
Jesús Sánchez Migallón
Jesús Sánchez Migallón

Abogado

Aspectos legales a la hora de pilotar un drone

Los drones son aeronaves no tripuladas operadas por control remoto, son productos voladores que están a la venta para casi cualquier persona que quiera adquirirlos; los hay desde  muy pequeños hasta aparatos bastantes grandes.

Usos de un dron

Los usos que se les pueden dar son diversos: desde un uso personal que sirva para grabar por ejemplo en eventos: bodas, fiestas, o incluso simplemente para grabar viajes que hacemos; en el ámbito profesional también podemos utilizarlo para muchos aspectos, desde control de plagas en el campo, hasta algunos se aventuran a decir que los paquetes nos lo entregaran por drones.

En este artículo vamos a analizar los aspectos legales que hay que tener en cuenta a la hora de utilizar un drone.

Lo primero que hay que tener en cuenta es que la regulación legal que existe va a encaminada a proteger los siguientes ámbitos:

1.- La seguridad aérea

2.- Las posibles intromisiones a la intimidad de las personas.

3.- Los daños que se pueden ocasionar a terceras personas tripulando un drone.

La regulación que existe aplicable a los drones es de aplicación al ámbito profesional. En España tenemos que es de aplicación el Real Decreto Legislativo 18/2014 de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficacia que puedes descargar aquí, y son los artículos 50 y 51.

Para el usos recreativo o domestico no tenemos aún regulación.

Además de esta normativa específica también es de aplicación la normativa en relación a la protección de datos si es que vamos a captar imágenes, (ya que la imagen es un dato de carácter personal) y el Código civil si causamos algún daño a alguien que será la persona que este al mando del drone.

Es obligatorio que todos los drones operados por control remoto lleven una placa de identificación donde se indique qué tipo de aeronave es (en el artículo 50 antes mencionado vienen las actividades que se pueden reseñar.) para más información no dude en llamarnos, además debe de llevar un número de serie, el número de la empresa y por supuesto los datos de contacto. Si el drone que estamos operando supera de peso los 25 kg, debe de estar inscrito en el registro de matrículas de aeronaves.

Si usted necesita saber los diferentes requisitos que necesita para operar según sus necesidades póngase en contacto con nosotros. En cualquier caso debe de saber que el los requisitos para  ser operador o piloto de drone son:

  1. Disponer de cualquier licencia de piloto
  2. Si no dispone de una licencia de piloto superar unos conocimientos teóricos. Si se pretende volar el drone únicamente dentro del alcance visual del piloto es necesario contar con un certificado básico para el pilotaje de aeronaves civiles pilotadas por control remoto. En cambio si se pretende volar un drone fuera del alcance visual del piloto, debe contarse con un certificado avanzado.
  3. Tienes que ser mayor de edad
  4. Contar con un certificado médico que para el caso de drones de menos de 25kg es menos riguroso, pero que para más de 25 kg es un certificado médico bastante extenso con análisis,

Recordemos que el incumplimiento de alguna de estas medidas puede dar lugar a unas sanciones que van desde los 60 euros hasta los 225.000 euros, las más graves. Si usted ha sufrido una sanción por pilotar un drone, no dude en contactar con nosotros para que le defendamos.

Respecto de las obligaciones en relación a los datos de carácter personal, como sabemos es normal captar imágenes con los drones, y podemos con ello vulnerar el derecho a la intimidad de las personas, por tanto debemos de cumplir con lo que nos exige la normativa de protección de datos. Debemos por tanto obtener el consentimiento expreso de la persona que estemos grabando, informarles de que para que les estemos grabando.

En el caso de que causemos algún daño material podemos incurrir en una responsabilidad extracontractual así lo dice el código civil en su artículo 1902: el que por acción u omisión cause un daño a otro está obligado a reparar el daño.

 También tener en cuenta la responsabilidad penal en caso de que causemos una lesión pilotando un drone.

Por último saber que las empresas que se dediquen a ello debemos de tener un sistema de gestión de riesgos penales, para prevenir los delitos que podamos causar. Por ejemplo delitos contra el secreto de las comunicaciones, delitos contra la Hacienda Publica etc

Tenemos que resaltar esta noticia a fecha 31 de Octubre del Periódico Expansión que habla sobre la nueva Normativa que se está preparando en España.

Noticia Expansión Jurídico

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